CARACAS, jueves 28 de agosto, 2008 | Actualizado hace
El Estado estimulará a las comunidades a identificar sus necesidades en telecomunicaciones y autosatisfacerlas(Enio Perdomo)=
Reforzar la participación ciudadana con la creación
de mecanismos y políticas que permitan a los ciudadanos
tomar parte en la gestión y prestación de servicios
de telecomunicaciones, informática y postales, así
como su contraloría, es uno de los objetivos establecido
en el decreto presidencial identificado con el número
6.244, por medio del cual se promulgaría la Ley Orgánica
de las Telecomunicaciones, la Informática y los Servicios
Postales.
De acuerdo con la exposición de motivos del documento,
desde la promulgación en el año 2000 de la anterior
Ley de Telecomunicaciones, la ciudadanía no ha ejercido
efectivamente la prestación directa de servicios o el
control de los mismos. Por esta razón, se decide afianzar
legalmente la incorporación de las comunidades al crear
un apartado dedicado a la participación en la nueva norma.
Según el artículo 60 de la ley, "el Ejecutivo promoverá
la participación de la comunidad a través de la
promoción de espacios que sirvan a su incorporación
(...) en el desarrollo, aplicación y uso de las telecomunicaciones,
informática y servicios postales"; así como también
estimulará a la poblción a identificar sus necesidades
en la materia y autosatisfacerlas.
La primera tarea será compartida con los operadores
de los servicios de telecomunicaciones, pues el apartado 61
sostiene que deberán generar mecanismos de comunicación
"efectivos y protagónicos" con las comunidades, para
garantizar la participación de las mismas en ese ámbito.
Para el abogado Gabriel Ruan esto significa una nueva carga
para los operadores privados, pues "estarían obligados
a ceder espacios, en el más ampio sentido de la palabra,
a los usuarios y organizaciones creadas por el Estado".
Control compartido
En materia de control, la ley establece que el Estado
impulsará el desarrollo de mecanismos que estimulen a las
"organizaciones sociales de base" a participar en las actividades
de regulación realizadas por el Gobierno en el sector de
las telecomunicaciones.
Entre dichas labores, se incluye "la formulación, planificación,
intercambio, administración y contraloría de la
gestión pública en el desarrollo, aplicación
y uso de las telecomunicaciones".
Además, las comunidades también podrán ejercer
labores de defensa y control fuera del ámbito gubernamental,
bien sea creando organizaciones para defender los derechos
de los usuarios o aportando información al Ministerio
de Telecomunicaciones e Informática sobre la calidad
de la prestación de los servicios regulados por esta
ley, según lo indican los artículos 63 y 65 de la
norma.
Otra de las novedades se refiere a los medios comunitarios
y alternativos, que bajo la denominación de "sistema
nacional de comunicación popular, alternativa y comunitaria",
recibirán apoyo del Ministerio de Telecomunicaciones
e Informática. Ahora bien, el marco legal no explica
qué tipo de ayuda otorgará o de qué manera.
Con información de Rebeca Fernández
Con Información De Rebeca Fernández
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